"En filosofía política, ciencia política y sociología, el
contrato social es un acuerdo real o hipotético realizado en el interior de un
grupo por sus miembros, como por ejemplo el que se adquiere en un Estado en
relación a los derechos y deberes del estado y de sus ciudadanos. Se parte de
la idea de que todos los miembros del grupo están de acuerdo por voluntad
propia con el contrato social, en virtud de lo cual admiten la existencia de
una autoridad, de unas normas morales y leyes, a las que se someten. El pacto
social es una hipótesis explicativa de la autoridad política y del orden
social.
El contrato social, como teoría política, explica, entre
otras cosas, el origen y propósito del Estado y de los derechos humanos. La
esencia de la teoría (cuya formulación más conocida es la propuesta por Jean-Jacques
Rousseau) es la siguiente: para vivir en sociedad, los seres humanos acuerdan
un contrato social implícito, que les otorga ciertos derechos a cambio de
abandonar la libertad de la que dispondrían en estado de naturaleza. Siendo
así, los derechos y deberes de los individuos constituyen las cláusulas del
contrato social, en tanto que el Estado es la entidad creada para hacer cumplir
con el contrato. Del mismo modo, los hombres pueden cambiar los términos del
contrato si así lo desean; los derechos y deberes no son inmutables o
naturales. Por otro lado, un mayor número de derechos implica mayores deberes;
y menos derechos, menos deberes"
Para John Rawls el concepto del contrato social en el que se
reemplaza el pacto de la sociedad a un esquema en que una sociedad justa no
esta sometida a la negociación política ni al calculo de interés social.
Rawls se opone a la teoría utilitarista clásica e
institucionalista de la justicia en la que la moral es contractual y afirma que
al ser las primeras virtudes humanas ;la verdad y la justicia no pueden ser
transables.